La planificación sucesoria
Establecer un testamento no es una obligación, ni en Israel, ni en Francia, ni en Bélgica en todo caso. En muchos casos, la sucesión legal por defecto es suficiente. Por razones fiscales, familiares o patrimoniales, es interesante planificar su sucesión y la futura distribución de la herencia entre los hijos.
1. La ley sucesoria: Si no firma un testamento, la ley atribuirá automáticamente su herencia a sus herederos legales, generalmente según la ley de su país de residencia. Así, si vive en Israel, sin testamento, su patrimonio será asignado en caso de fallecimiento, por la mitad a su cónyuge y por la mitad a sus hijos a partes iguales. Si reside en la Unión Europea (salvo excepciones), podrá elegir entre la ley de su país de residencia o la ley de otro país del que posea la nacionalidad, por ejemplo Israel. Atención, esta disposición es únicamente civil y no fiscal.
2. Las ventajas de la planificación sucesoria a nivel civil:Si desea favorecer a uno de sus herederos, un hijo necesitado, o hacer un legado a una asociación, o dejar la totalidad de su patrimonio a su cónyuge por ejemplo, es necesario hacer un testamento. Podrá así planificar lo que es conveniente dar en vida, o a su fallecimiento, a quién, y en qué país. También podrá distribuir sus bienes para evitar la copropiedad, o para equilibrar las donaciones ya realizadas en vida.
3. Las consecuencias fiscales: Si las leyes de distribución sucesoria, los testamentos, otras elecciones de derecho aplicable, solo conciernen a la distribución civil de los bienes de la herencia, esto puede tener consecuencias fiscales adicionales que es importante considerar. Así, si un residente israelí lega un bien en Israel a un heredero residente francés, este será gravado con impuestos de sucesión, mientras que si lo lega a otro heredero residente israelí, estará exento.
4. La aplicación de ventajas legales y fiscales extranjeras: En ocasiones es interesante, cuando vive en un país pero posee bienes en otro, poder aplicar el derecho de uno de los países en el otro, bajo ciertas condiciones. Es necesario entonces examinar la cuestión desde varios ángulos para que una ventaja en un país no se convierta en una trampa en el otro. Por ejemplo, en ciertos casos, es muy interesante donar un bien en vida a su hijo con la reserva de usufructo francesa aplicada en Israel, si desea pagar los impuestos hoy y no más tarde, especialmente cuando se espera una fuerte plusvalía en Israel. Esto depende en particular de la edad del donante, pero también de la tributación prevista en Israel en la actualidad y en el futuro. También son posibles estructuras de fiscalidad sucesoria para los bienes en proyectos Pinoui Binoui.
Nuestro despacho es especialista en cuestiones de patrimonio y sucesión internacionales.
Yaël Hagege Maruani,
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